/ lunes 4 de junio de 2018

PGR no ha sido notificada sobre creación de Comisión de la Verdad por caso Ayotzinapa

Indicaron que la decisión derivó de las graves violaciones a los derechos humanos, como lo son la tortura, aunado a que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente

La procuraduría General de la República informó que aún no ha sido notificada de la resolución que tomó un Tribunal Colegiado de reponer el procedimiento y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia en el caso de los 43 normalistas desaparecidos de la normal de Ayotzinapa.

La dependencia no comparte el criterio de los magistrados, pues desconoce la división de poderes y las facultades de persecución, investigación y el ejercicio de la acción penal que corresponde al Ministerio Público de la Federación.

Al fijar su postura en torno a la resolución que tomó el tribunal Colegiado de Tamaulipas de ordenar reponer el procedimiento del “Caso Ayotzinapa” y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), señala que realiza un análisis sobre la versión pública de la resolución del amparo en revisión para determinar las acciones que correspondan conforme a derecho.

En cuanto a acusaciones de tortura, la PGR recuerda que mantiene abiertas diversas Carpetas de Investigación en las que constan los dictámenes practicados por peritos certificados y con autonomía técnica conforme al Protocolo de Estambul.

“La investigación continúa y se trabaja en diferentes líneas, entre ellas las sugeridas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través del Mecanismo de Seguimiento, y toma en cuenta las observaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos”, refiere.

Tribunal ordena crear Comisión de la Verdad para caso Ayotzinapa por fallos de PGR

Por unanimidad de votos, los magistrados Mauricio Fernández de la Mora, Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, concedieron un amparo a familiares de los 43 desaparecidos de la normal rural de Ayotzinapan a efecto de que se reponga el procedimiento y requerir al Ministerio Público de la Federación que presente dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo previsto en el Protocolo de Estambul.

Ante las graves violaciones a los derechos humanos, como lo son la tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales, y debido a que se ordenó investigar la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, aunado a que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente, los magistrados determinaron crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).

Al resolver los amparos en revisión 203/2017 al 206/2017, relacionados con el “Caso Ayotzinapa”, los magistrados determinaron que hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en contra de coinculpados fueron obtenidas mediante tortura.

Con relación a la investigación del “Caso Ayotzinapa”, se estableció que no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial por parte de la Procuraduría General de la República, como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como los Protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas.

Por otra parte, los magistrados ordenaron crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), la cual estará integrada por los representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Federación, siendo los dos primeros quienes decidirán qué líneas de investigación seguirán y las pruebas a desahogar, y podrán validar la incorporación de más organizaciones tanto nacionales como internacionales de derechos humanos.

En la sentencia, los magistrados señalan la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas, previsto en el artículo 17 constitucional, cuyo objeto es llegar a la verdad y que se pueda garantizar que no se repitan este tipo de graves violaciones de derechos humanos. Para lo cual armonizaron los artículos 20 constitucional, que contempla el derecho de las víctimas a participar en la investigación, y el 21 de la misma Carta Magna que establece que la investigación incumbe al Ministerio Público.


La procuraduría General de la República informó que aún no ha sido notificada de la resolución que tomó un Tribunal Colegiado de reponer el procedimiento y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia en el caso de los 43 normalistas desaparecidos de la normal de Ayotzinapa.

La dependencia no comparte el criterio de los magistrados, pues desconoce la división de poderes y las facultades de persecución, investigación y el ejercicio de la acción penal que corresponde al Ministerio Público de la Federación.

Al fijar su postura en torno a la resolución que tomó el tribunal Colegiado de Tamaulipas de ordenar reponer el procedimiento del “Caso Ayotzinapa” y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), señala que realiza un análisis sobre la versión pública de la resolución del amparo en revisión para determinar las acciones que correspondan conforme a derecho.

En cuanto a acusaciones de tortura, la PGR recuerda que mantiene abiertas diversas Carpetas de Investigación en las que constan los dictámenes practicados por peritos certificados y con autonomía técnica conforme al Protocolo de Estambul.

“La investigación continúa y se trabaja en diferentes líneas, entre ellas las sugeridas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través del Mecanismo de Seguimiento, y toma en cuenta las observaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos”, refiere.

Tribunal ordena crear Comisión de la Verdad para caso Ayotzinapa por fallos de PGR

Por unanimidad de votos, los magistrados Mauricio Fernández de la Mora, Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, concedieron un amparo a familiares de los 43 desaparecidos de la normal rural de Ayotzinapan a efecto de que se reponga el procedimiento y requerir al Ministerio Público de la Federación que presente dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo previsto en el Protocolo de Estambul.

Ante las graves violaciones a los derechos humanos, como lo son la tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales, y debido a que se ordenó investigar la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, aunado a que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente, los magistrados determinaron crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).

Al resolver los amparos en revisión 203/2017 al 206/2017, relacionados con el “Caso Ayotzinapa”, los magistrados determinaron que hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en contra de coinculpados fueron obtenidas mediante tortura.

Con relación a la investigación del “Caso Ayotzinapa”, se estableció que no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial por parte de la Procuraduría General de la República, como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como los Protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas.

Por otra parte, los magistrados ordenaron crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), la cual estará integrada por los representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Federación, siendo los dos primeros quienes decidirán qué líneas de investigación seguirán y las pruebas a desahogar, y podrán validar la incorporación de más organizaciones tanto nacionales como internacionales de derechos humanos.

En la sentencia, los magistrados señalan la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas, previsto en el artículo 17 constitucional, cuyo objeto es llegar a la verdad y que se pueda garantizar que no se repitan este tipo de graves violaciones de derechos humanos. Para lo cual armonizaron los artículos 20 constitucional, que contempla el derecho de las víctimas a participar en la investigación, y el 21 de la misma Carta Magna que establece que la investigación incumbe al Ministerio Público.


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