/ domingo 9 de junio de 2024

INE resuelve dos denuncias por violencia política de género

Las denuncias fueron contra Pedro Garza Treviño, candidato a diputado federal por NL y Francisco Brian Rojas Cano, candidato a diputado por el Edomex

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos medidas cautelares por presunta Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, en el marco del Proceso Electoral 2023-2024.

Durante la 57va. Sesión Extraordinaria Urgente de carácter privado de la Comisión de Quejas y Denuncias, las consejerías electorales hicieron un llamado al Diputado Federal por Nuevo León, para que modifique su actuar respecto al respeto de los derechos humanos de las mujeres, ya que al término del proceso electoral no pueden emitir medidas cautelares.

La comisión coincidió en que el ahora diputado electo tendría responsabilidad de cometer violencia de género contra Laura Paula López Sánchez, entonces candidata a Diputada Federal por el partido político Movimiento Ciudadano (MC).

La afectada denunció a Pedro Garza Treviño, entonces candidato a Diputado Federal de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, por hacer de conductas intimidantes durante el debate de las candidaturas federales a diputaciones del distrito 11 de Nuevo León, las cuales, a consideración de la denunciante, podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en su contra.

Del análisis de los hechos denunciados, la Comisión resolvió que se podría actualizar el delito al “reproducirse estereotipos discriminatorios de género, que incitan a la violencia simbólica y psicológica”, por lo que “se hizo un llamado a la persona denunciada para que ajuste su actuar con relación al respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres”.

Por otra parte, los y las consejeras del Instituto Nacional Electoral revisaron la denuncia interpuesta contra el candidato a Diputado Federal por el Estado de México, Francisco Brian Rojas Cano, por declaraciones del candidato en un debate transmitido por Facebook en el que según la denunciante se incurre en violencia política contra las mujeres en razón de género.

“La candidata a Diputada Federal de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, denunció a Francisco Brian Rojas Cano, candidato a Diputado Federal por el Estado de México y a la coalición “Fuerza y Corazón por México” derivado de las expresiones realizadas durante un debate transmitido en el perfil “Tercia de Pericos” de la red social Facebook y la difusión de un video en la red social Instagram, cuyas manifestaciones, a decir de la quejosa contienen elementos de violencia política contra la mujer”, resolvió la comisión del INE.

La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que no se advierte que se hayan realizado conductas que constituyan acciones que se basen en elementos de género, ni invisibilizan a la quejosa en su actuar o ejercicio de los derechos políticos electorales, en su vertiente de ser votada, al ser expresiones dadas dentro del contexto del debate político-público.

Por lo que consideró improcedente la adopción de medidas cautelares, pues no se está frente a conductas evidentemente ilícitas que ameriten su dictado; y se determinó que el pronunciamiento corresponderá a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo del asunto.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos medidas cautelares por presunta Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, en el marco del Proceso Electoral 2023-2024.

Durante la 57va. Sesión Extraordinaria Urgente de carácter privado de la Comisión de Quejas y Denuncias, las consejerías electorales hicieron un llamado al Diputado Federal por Nuevo León, para que modifique su actuar respecto al respeto de los derechos humanos de las mujeres, ya que al término del proceso electoral no pueden emitir medidas cautelares.

La comisión coincidió en que el ahora diputado electo tendría responsabilidad de cometer violencia de género contra Laura Paula López Sánchez, entonces candidata a Diputada Federal por el partido político Movimiento Ciudadano (MC).

La afectada denunció a Pedro Garza Treviño, entonces candidato a Diputado Federal de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, por hacer de conductas intimidantes durante el debate de las candidaturas federales a diputaciones del distrito 11 de Nuevo León, las cuales, a consideración de la denunciante, podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en su contra.

Del análisis de los hechos denunciados, la Comisión resolvió que se podría actualizar el delito al “reproducirse estereotipos discriminatorios de género, que incitan a la violencia simbólica y psicológica”, por lo que “se hizo un llamado a la persona denunciada para que ajuste su actuar con relación al respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres”.

Por otra parte, los y las consejeras del Instituto Nacional Electoral revisaron la denuncia interpuesta contra el candidato a Diputado Federal por el Estado de México, Francisco Brian Rojas Cano, por declaraciones del candidato en un debate transmitido por Facebook en el que según la denunciante se incurre en violencia política contra las mujeres en razón de género.

“La candidata a Diputada Federal de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, denunció a Francisco Brian Rojas Cano, candidato a Diputado Federal por el Estado de México y a la coalición “Fuerza y Corazón por México” derivado de las expresiones realizadas durante un debate transmitido en el perfil “Tercia de Pericos” de la red social Facebook y la difusión de un video en la red social Instagram, cuyas manifestaciones, a decir de la quejosa contienen elementos de violencia política contra la mujer”, resolvió la comisión del INE.

La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que no se advierte que se hayan realizado conductas que constituyan acciones que se basen en elementos de género, ni invisibilizan a la quejosa en su actuar o ejercicio de los derechos políticos electorales, en su vertiente de ser votada, al ser expresiones dadas dentro del contexto del debate político-público.

Por lo que consideró improcedente la adopción de medidas cautelares, pues no se está frente a conductas evidentemente ilícitas que ameriten su dictado; y se determinó que el pronunciamiento corresponderá a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo del asunto.

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