Diez años después, detienen a sospechoso de asfixiar a mujer en Tecamachalco

En enero del 2014, la Fiscalía recibió una llamada de la Policía Municipal de Tecamachalco e informaron sobre el hallazgo de un cuerpo

Alba Espejel / El Sol de Puebla

  · jueves 13 de junio de 2024

A pesar de las condiciones del crimen, fue calificado como un homicidio y no como un feminicidio. Foto: Fiscalía de Puebla

Tuvieron que pasar 10 años para que el asesino de Nahomi Yunnue, una mujer asfixiada en el municipio de Tecamachalco, fuera aprehendido y entregado a la autoridad judicial. El hecho ocurrió en 2014, pero la Fiscalía de Puebla solicitó la orden para detenerlo hasta dos años después y este 2024, lograron ubicarlo en Ocoyucan. Pese a que es una muerte violenta del sexo femenino, está catalogado como homicidio calificado, no como feminicidio.

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En conferencia de prensa, Margarita Garcidueñas Cuellar, fiscal especializada en investigación de delitos de violencia de género contra las mujeres, hizo un recuento de lo sucedido. Detalló que, en enero del 2014, la Fiscalía recibió una llamada de la Policía Municipal de Tecamachalco e informaron sobre el hallazgo de un cuerpo que correspondía al nombre de Nahomi. Los hechos ocurrieron al interior de su domicilio, ubicado en el fraccionamiento El Vergel.

Para esclarecer el caso, se inició una averiguación previa, realizando diversos actos de investigación, como el levantamiento de cadáver, entrevistas con los vecinos, inspección en el lugar del hecho, informe médico legal, informe forense de identificación, así como el informe de necropsia, en el cual, se concluyó que la causa de muerte fue asfixia por sofocación.

¿Qué fue lo que ocurrió?

Garcidueñas Cuellar explicó que el 8 de enero del 2014, Naomi se encontraba en su departamento y llegó a visitarla Miguel Ángel N., con quien tuvo una discusión. Presuntamente, este hombre se la llevó a su recámara y ahí la asfixió con un colchón.

Para el 2016, es decir, dos años después, la Fiscalía solicitó una orden de aprehensión en contra de este sujeto como presunto responsable del delito de homicidio calificado, no como un feminicidio pese a lo violento del hecho y hasta el 6 de junio del presente año, agentes investigadores, dieron cumplimiento a dicho mandamiento en Ocoyucan.

De igual modo, el 6 de junio de este año, se realizó la declaración preparatoria de Miguel Ángel, quien se acogió a la duplicidad del término constitucional y se le dictó auto de formal prisión. Por lo anterior, la fiscal resaltó que se esclareció la privación de vida.

Hay que recordar que algunas de las características para ser considerados como feminicidios son: que existan antecedentes o datos de violencia del agresor contra la víctima; que haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

También cuando la víctima registró lesiones, mutilaciones infamantes o degradantes; acoso sexual, violencia sexual, actos de necrofilia, tratos crueles, inhumanos o degradantes; precedentes de violencia en el ámbito familiar del agresor contra la víctima o parentesco con el victimario.

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Que el cuerpo de la víctima haya sido expuesto o exhibido en un lugar público para ser encontrado, y si la mujer fue incomunicada, sin importar el tiempo previo a la privación de la vida o denunciada como desaparecida.