/ domingo 16 de junio de 2024

Joven simula secuestro para seguir de fiesta, pide 200 mil de rescate

Una mujer recibió un video donde se observaba a su hijo cubierto de los ojos y un trapo en la boca, pidiendo 200 mil por su liberación

Para seguir la fiesta con sus amigos con quienes consumía alcohol, un joven de 21 años de edad simuló su secuestro alertando a su madre y a las autoridades ministeriales pues incluso exigió 200 mil pesos para su liberación, sin embargo fue encontrado en ópticas condiciones y descubierto por la Fiscalía de Puebla.

La institución procuradora de justicia reveló que el varón “rescatado” de forma ilesa es Ricardo N, quien no enfrenta ningún tipo de consecuencia legal, pese a que existen sanciones para quien finja un secuestro.

Respecto a los hechos, la Fiscalía detalló que el 30 de mayo de 2024 recibió denuncia de una mujer quien informó que a través de WhatsApp recibió un video donde se observaba a su hijo con los ojos cubiertos y un trapo a la altura de la boca.

Al día siguiente, una persona desconocida le llamó para exigir 200 mil pesos por su liberación.

Ante el suceso las autoridades le asignaron un asesor en el manejo y control de crisis a la denunciante, en tanto, agentes investigadores realizaron diversas diligencias.

El 1 de junio la supuesta víctima fue localizada en Santiago Momoxpan; en entrevista ante la autoridad ministerial, tras diversas contradicciones, Ricardo N, declaró que simuló su secuestro junto con sus amigos para conseguir recurso económico para continuar consumiendo alcohol.

SANCIONES PARA QUIEN FINGA SECUESTRO

Cabe decir que para quien finja ser víctima de algún delito, en el caso específico del secuestro, el Artículo 13 de la Ley General para Prevenir y Sancionar Los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución de Los Estados Unidos Mexicanos señala diversas sanciones, dependiendo la situación.

Por ejemplo, al que simule por sí o por medio de otra persona, la privación de su libertad con el propósito de obtener cualquier beneficio, la sanción va de las 200 a las 700 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

En tanto, el Artículo 14 de la misma ley menciona que se impondrán de cuatro a 16 años de prisión al que simule la privación de la libertad de una persona, con la intención de conseguir algún beneficio, querer hacer daño a la persona privada de la libertad o a una tercera persona.

La misma pena se impondrá al que amenace de cualquier modo a una persona con privarla de la libertad o con privar de la libertad a algún miembro de su familia o con quien esté ligada por algún vínculo.

Para seguir la fiesta con sus amigos con quienes consumía alcohol, un joven de 21 años de edad simuló su secuestro alertando a su madre y a las autoridades ministeriales pues incluso exigió 200 mil pesos para su liberación, sin embargo fue encontrado en ópticas condiciones y descubierto por la Fiscalía de Puebla.

La institución procuradora de justicia reveló que el varón “rescatado” de forma ilesa es Ricardo N, quien no enfrenta ningún tipo de consecuencia legal, pese a que existen sanciones para quien finja un secuestro.

Respecto a los hechos, la Fiscalía detalló que el 30 de mayo de 2024 recibió denuncia de una mujer quien informó que a través de WhatsApp recibió un video donde se observaba a su hijo con los ojos cubiertos y un trapo a la altura de la boca.

Al día siguiente, una persona desconocida le llamó para exigir 200 mil pesos por su liberación.

Ante el suceso las autoridades le asignaron un asesor en el manejo y control de crisis a la denunciante, en tanto, agentes investigadores realizaron diversas diligencias.

El 1 de junio la supuesta víctima fue localizada en Santiago Momoxpan; en entrevista ante la autoridad ministerial, tras diversas contradicciones, Ricardo N, declaró que simuló su secuestro junto con sus amigos para conseguir recurso económico para continuar consumiendo alcohol.

SANCIONES PARA QUIEN FINGA SECUESTRO

Cabe decir que para quien finja ser víctima de algún delito, en el caso específico del secuestro, el Artículo 13 de la Ley General para Prevenir y Sancionar Los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución de Los Estados Unidos Mexicanos señala diversas sanciones, dependiendo la situación.

Por ejemplo, al que simule por sí o por medio de otra persona, la privación de su libertad con el propósito de obtener cualquier beneficio, la sanción va de las 200 a las 700 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

En tanto, el Artículo 14 de la misma ley menciona que se impondrán de cuatro a 16 años de prisión al que simule la privación de la libertad de una persona, con la intención de conseguir algún beneficio, querer hacer daño a la persona privada de la libertad o a una tercera persona.

La misma pena se impondrá al que amenace de cualquier modo a una persona con privarla de la libertad o con privar de la libertad a algún miembro de su familia o con quien esté ligada por algún vínculo.

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