Por la aprobación de cinco contratos de obra pública por un monto superior a los 8 millones de pesos, sin la autorización del Cabildo, fue que un Tribunal de Enjuiciamiento dictó la sentencia condenatoria de seis años y tres meses de prisión que en días pasados El Sol de Puebla dio a conocer respecto las imputaciones que existen en contra del exalcalde de Tehuacán, Felipe de Jesús N.
En la edición del pasado 24 de noviembre, este medio informó la sentencia condenatoria que las autoridades judiciales dictaron en contra de Felipe de Jesús N, exedil de Tehuacán, quien aun estando en funciones fue arrestado el 15 de noviembre de 2019 en el Aeropuerto internacional de la Ciudad de México por el delito de enriquecimiento ilegal y uso ilícito de facultades y atribuciones, aunque tiempo después se le sumaron cargos por abuso de autoridad.
Pese a que en un inicio, las fuentes consultadas aseveraron que la sentencia de 6 años y tres meses, multa de 90 días de salario mínimo y pago de la reparación del daño al estado por 8 millones 691 mil 700 pesos se dio bajo la causa penal 29/2022 por abuso de autoridad y que estaba pendiente el proceso 454/2019/ Tehuacán, este domingo, la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) precisó que el exfuncionario fue hallado penalmente responsable del delito de uso ilícito de atribuciones y facultades.
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A decir de la institución procuradora de justicia, mediante diversos actos de investigación respecto a hechos de corrupción, se acreditó que en diciembre de 2018 el hoy sentenciado en su calidad de presidente municipal celebró sin autorización del Cabildo, cinco contratos de obra pública por un monto superior a 8 millones de pesos.
Lo anterior, generó un perjuicio en la administración municipal, por lo que la Fiscalía de Puebla investigó el caso y ejercitó acción penal en contra del exedil.
Con el cúmulo de pruebas que recabó y presentó en audiencia la FGE, el Tribunal de Enjuiciamiento Unitario dictó fallo condenatorio contra Felipe de Jesús N, imponiéndole la sentencia antes mencionada.
También se determinó la inhabilitación del sentenciado por 15 años para ocupar algún cargo público, participar en adquisiciones, arrendamientos y servicios u obras públicas. Adicionalmente tendrá suspendidos derechos civiles y políticos por el tiempo de duración de la pena privativa de la libertad.